F. B. F. / LA VOZ, 22/11/2016
ROI FERNANDEZ |
La Guardia Civil ha desvelado la velocidad exacta a la que saltan los radares que tienen dispuestos por todo el territorio español para controlar los excesos en carretera. A pesar de que los límites suelen estar perfectamente definidos, bien mediante señales o, en su defecto, por las características de la vía, a ningún conductor se le escapa que siempre hay un pequeño margen en el que los radares no sacan la foto a los coches que sobrepasan dicha cifra. ¿Pero de cuánto margen estamos hablando? ¿Es siempre el mismo en todos los puntos de control?
Según ha informado en las redes sociales la propia Dirección General de Tráfico, para velocidades permitidas hasta los 100 km/h, los radares no saltan hasta que se supera en 7 km/h dicho límite. Es decir, en las carreteras en las que se permite circular a 50, el radar no salta hasta los 58 km/h. Para las vías a 60, el límite entre la multa y la no multa es 68 Km/h. Igual para los 70 (a 78km/h), 80 (88km/h), 90 (98 km/h) y 100 (108 km/h).
Para más de 100 km/h
Sin embargo, la ecuación varía para las carreteras (normalmente autovías y autopistas) que están limitadas a velocidades superiores a los 100 km/h. En este caso hay que aplicar una regla que consiste en añadir el 7% a lo que indique la señal para fijar los niveles.
Para el límite de 110 la velocidad a partir de la cual saltan los radares está fijada en los 117,7 km/h.
La velocidad máxima permitida en las autopistas y autovía españolas es de 120 km/h. Los radares dispuestos en estas vías están regulados para que salten exactamente cuando los vehículos sobrepasen los 128,4 km/h.
Tal y como publicó La Voz de Galicia en su día, este reajuste de los radares está vigente desde septiembre del 2014, cuando la Dirección General de Tráfico redujo el margen de gracia de forma considerable y sin previo aviso.
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